Hasta ahora el criterio de los jueces en su amplia mayoría era favorable a los afectados que reclamaban los abusivos intereses de este tipo de producto financiero. Casi todas las Audiencias Provinciales de España, como Madrid, Barcelona, Toledo, Tarragona, Bizkaia, Palma de Mallorca, León, Valladolid u Oviedo, se pronunciaban acerca de las tarjetas revolving con un criterio prácticamente unánime:
Pero Wizink, la antigua filial de Banco Popular y la entidad que acumula la mayoría de demandas, decidió llevar el pleito hasta el Tribunal Supremo, siendo la primera en presentar recurso de casación. En este caso, el Tribunal Supremo coincide con la mayoría de los juzgados y audiencias provinciales y ha declarado la nulidad radical, absoluta y originaria del contrato firmado en el año 2012, donde el interés se situaba en un 27 % TAE.
La decisión del Tribunal Supremo no hace sino reafirmar nuestra lucha.
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