Sí, lo normal es que cobres una parte inferior de paga extra o si llevas más de un año de baja no se perciba nada.
La base que de contingencias comunes que se utiliza como referencia para calcular lo que vamos a cobrar tiene las pagas extras prorrateadas y, en consecuencia, durante el tiempo de baja estaremos cobrando de manera obligatoria las pagas extraordinarias prorrateadas.
En consecuencia, cuando tenga que percibir una paga se tendrá que descontar el tiempo de baja.
A modo de ejemplo, si un trabajador ha permanecido de baja desde julio hasta diciembre, tendrá derecho a la mitad de la paga extra de navidad, si es que ésta se genera anualmente (o nada si la paga se genera semestralmente).
No obstante, el convenio colectivo podrá indicar que se complementan las pagas extraordinarias y en dicho caso, el estar de baja no te va a perjudicar para cobrar la paga extra.
Es decir, que si la empresa te ha pagado de manera íntegra la paga extra será por que el convenio colectivo de aplicación regula ese derecho, ya que la legislación laboral no lo hace.
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