Wizink intenta evitar la nulidad de una revolving aportando una pericial sin alusión alguna a cuándo se contrató. A pesar de que se contrató en 2008, la entidad bancaria aportó un informe pericial comparando la TAE media de todas las tarjetas de crédito generalistas para los años 2012 y 2019.
Un Juzgado de Primera Instancia de Cádiz ha declarado la nulidad del contrato de tarjeta de crédito revolving que suscribieron Wizink Bank y un consumidor en 2008, que establecía una TAE del 26,82%.
Llamativamente, la entidad bancaria acompañó a su contestación a la demanda un informe pericial que ilustraba la TAE media de todas las tarjetas de crédito generalistas para los años 2012 y 2019. En cambio, el Juzgador le achaca que la horquilla allí ofrecida, la cual beneficiaba a sus últimos intereses, no resultaría aquí aplicable ya que la contratación de la tarjeta litigiosa se produjo en una fecha muy anterior
Comments