Son tres los tributos que se ven afectados por las medidas aprobadas por el Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio y el Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre , y prorrogadas por el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, y el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo , en lo que al servicio de suministro de energía eléctrica se refiere: El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), cuyo tipo impositivo aplicable pasa del general del 21% al reducido 10% hasta el 30 de junio de 2022; el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE), que pasa del 7% al 0% durante el tercer y cuarto trimestre de 2021 y primer y segundo trimestre de 2022, y el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE), que desde el 16 de septiembre hasta el 30 de junio de 2022, reduce su tipo impositivo del 5,1% al 0,5%, mínimo permitido por la Unión Europea.
1. Aplicación del 10% de IVA desde el 26 de junio de 2021 hasta el 30 de junio de 2022 para todos los consumidores con potencia contratada hasta 10 kW, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, siempre que el precio medio mensual del mercado mayorista de la electricidad esté por encima de los 45 euros por MWh.
2. Aplicación del 10% de IVA a todos los consumidores perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, desde el 26 de junio de 2021 hasta el 30 de junio de 2022, con independencia de su potencia contratada y del precio del mercado.
3. Suspensión del 7% del IVPEE (Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica) durante el tercer trimestre y cuarto trimestre de 2021 y el primer y segundo trimestre de 2022, lo que implica modificar el cómputo de la base imponible y de los pagos fraccionados regulados en la normativa de este tributo.
4. Reducción del tipo impositivo del IIE (Impuesto Especial sobre la Electricidad) del 5,11269632% al 0,5%, hasta el 30 de junio de 2022.
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